Leyes

    Migración elimina el requisito de Visas de Turistas

    ¡Atención a todos los viajeros!

    Nos complace informarles que el nuevo Decreto Ejecutivo N° 196 de 2024 ha eliminado el requisito de visa para turistas provenientes de Canadá, Estados Unidos, Australia, Corea del Sur, Japón, Reino Unido, Singapur y países miembros de la Unión Europea. Esta medida tiene como objetivo facilitar el ingreso de visitantes y promover el turismo en nuestro país.

    En ESCOBAR, DELLA TOGNA, ICAZA & JURADO, estamos comprometidos a brindar el mejor asesoramiento y asistencia en todos sus trámites migratorios. Entendemos que cada caso es único y estamos aquí para ofrecer soluciones personalizadas y efectivas.

    Ya sea que necesite ayuda con la obtención de permisos de residencia, visas de trabajo, o cualquier otro trámite migratorio, nuestro equipo de expertos está listo para asistirle. No dude en ponerse en contacto con nosotros para resolver sus inquietudes y asegurar que su proceso migratorio sea lo más sencillo y eficiente posible.

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    Actualidad Migratoria

    La Dirección General de Migración emitió la Resolución No. 46625 de 10 de octubre de 2024 mediante la cual otorga una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2024,  para la presentación de Permisos de residencia provisionales o permisos de residencia permanente y visas de trabajadores domésticos que se vencieron a partir del 13 de marzo de 2020.

    Si necesitas asesoría sobre este tema no dudes en contactarnos.

    Residente Permanente en Calidad de Inversionista Calificado – Modificaciones Recientes

    Recientemente el Ministerio de Seguridad Pública de la República de Panamá emitió el Decreto Ejecutivo No. 93 de 2024, que modifica y adiciona disposiciones al Decreto Ejecutivo No. ​ 722 de 2020, relacionado con la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, con el objeto de ajustar los requisitos y disposiciones de dicha subcategoría, de acuerdo con las necesidades actuales del país. ​

    Estos son los cambios más relevantes establecidos en el Decreto Ejecutivo No. ​ 93 de 2024:

    1. Modificación del Artículo 2:
      • Se establece que los solicitantes deben realizar una inversión mínima de B/. 300,000.00 en Panamá, proveniente de fuente extranjera, ya sea a título personal o a través de una persona jurídica en la que el solicitante sea el beneficiario final. ​
      • El Ministerio de Comercio e Industrias emitirá una certificación que confirme que la inversión cumple con los parámetros exigidos. ​
    2. Modificación del Artículo 3:
      • Se detallan las formas de inversión elegibles para solicitar el Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado:
        1. Inversión Inmobiliaria: Compra de un bien inmueble por un mínimo de B/. ​ 300,000.00, libre de gravámenes. ​
        2. Contrato Promesa de Compraventa: Inversiones mediante un contrato de promesa de compraventa por un mínimo de B/. ​ 300,000.00, con opciones de depósito en fideicomiso o pago al promotor. ​
        3. Inversión en Valores: Inversiones a través de una Casa de Valores con licencia aprobada, por un mínimo de B/. ​ 500,000.00, mantenida por al menos cinco (5) años.
        4. Depósito a Plazo Fijo: Inversiones en depósitos a plazo fijo por un mínimo de B/. ​ 750,000.00 en bancos con licencia general, con un término mínimo de cinco años. ​
    3. Adición del Artículo 3A:
      • Permite la emisión de certificaciones de inversión para solicitantes como copropietarios o cotitulares, siempre que sean cónyuges o dependientes y beneficiarios finales de la persona jurídica que mantiene la inversión. ​
    4. Modificación del Artículo 10:
      • Permite a los extranjeros con solicitudes de Permiso Provisional de Permanencia en calidad de Solvencia Económica Propia por Inversión en Bienes Inmuebles desde 2020, cambiar su estatus migratorio a la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, cumpliendo con los requisitos establecidos. ​

    El citado Decreto Ejecutivo comenzará a regir a partir de su promulgación. ​Para ver el Decreto Ejecutivo No. No. 93 de 2024, haga click aquí.

     

    Permiso de residencia de países amigos

    Pueden aplicar a esta Residencia Permanente en Calidad de Extranjeros Nacionales de Países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá, con sus dependientes, para el desarrollo de actividades económicas que les permita un nivel de vida adecuado.

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    Sociedades de Emprendimiento

    La Ley No.186 de 2020 creó las sociedades de emprendimiento en Panamá. La ley las define como aquellas Sociedades comercialmente operativas de finalidad económica social dirigidas a la creación de procesos, productos o servicios innovadores, o que representan creaciones de valor o beneficio social”.

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    Panamá legaliza la producción y uso del Cannabis medicinal

    A medida que más países adoptan legalmente el uso medicinal y recreacional del cannabis, Panamá no escapa a la tendencia mundial de flexibilizar y establecer medidas que permitan su explotación y uso en la industrial terapéutica y medicinal.

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    Escisión de Sociedades en Panamá

    En Panamá, la escisión de sociedades fue adoptada mediante la expedición de la Ley No. 85 de 22 de noviembre de 2012, que modifica el Código de Comercio.

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