Sustancia Económica en Panamá: reglas actuales, nuevo proyecto de ley y riesgos estratégicos
La sustancia económica se ha convertido en uno de los ejes centrales del debate fiscal internacional y Panamá no es ajeno a esa realidad. En un entorno marcado por mayores exigencias de transparencia, presión de la Unión Europea y estándares impulsados por la OCDE, el país se encuentra en un punto de transición: pasar de un sistema basado casi exclusivamente en la territorialidad a uno que exige demostrar coherencia entre la estructura jurídica y la realidad económica.
Comprender qué reglas aplican hoy, a quiénes alcanzan y qué cambios introduce el nuevo proyecto de ley resulta clave para empresas, grupos multinacionales e inversionistas que operan o estructuran negocios desde Panamá.
El escenario actual: sustancia económica limitada a regímenes específicos
A diferencia de otras jurisdicciones, Panamá no cuenta hoy con un régimen general de sustancia económica aplicable a todas las sociedades. Sin embargo, esto no significa ausencia total de exigencias. Existen regímenes especiales que ya incorporan requisitos claros de presencia real, funciones efectivas y toma de decisiones en el país.
En particular, el régimen de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM) exige que las actividades autorizadas se desarrollen efectivamente desde Panamá, con personal calificado, oficinas, gastos operativos y dirección estratégica local. La sustancia económica es un elemento esencial para mantener los beneficios del régimen y evitar contingencias fiscales o administrativas.
De forma similar, el régimen de Panamá Pacífico impone obligaciones relacionadas con presencia física, personal, inversión real y operaciones efectivas dentro del área económica especial. En ambos casos, la sustancia no es un concepto abstracto, sino una condición concreta para acceder y conservar incentivos.
Fuera de estos regímenes, muchas estructuras panameñas han operado históricamente bajo el principio de territorialidad, eximiendo rentas de fuente extranjera sin requisitos explícitos de sustancia económica.
El origen del cambio: presión internacional y regímenes FSIE
La Unión Europea ha puesto bajo revisión los regímenes de exención de rentas de fuente extranjera (FSIE) cuando estos permiten excluir de tributación rentas pasivas sin exigir sustancia económica. En el caso de Panamá, la UE ha considerado que la exención general de rentas pasivas de fuente extranjera, sin condiciones, genera un riesgo de utilización de estructuras sin actividad real.
El foco no está en eliminar el sistema territorial, sino en evitar que se utilice para atraer beneficios fiscales sin una base económica auténtica. Este enfoque ya ha llevado a jurisdicciones como Costa Rica, Uruguay, Hong Kong y Seychelles a reformar sus regímenes para introducir requisitos de sustancia económica, logrando así salir de listas restrictivas.
El Proyecto de Ley de Sustancia Económica: qué cambia realmente
El Proyecto de Ley de Sustancia Económica presentado en diciembre de 2025 representa un giro relevante en la política fiscal panameña. El proyecto mantiene el principio de territorialidad, pero introduce requisitos de sustancia económica para un universo específico: empresas que formen parte de un grupo multinacional y obtengan rentas pasivas de fuente extranjera.
El proyecto adiciona disposiciones al Código Fiscal para exigir que estas entidades demuestren, respecto de los activos que generan dichas rentas, que cuentan en Panamá con recursos humanos adecuados, toma de decisiones estratégicas y asunción de riesgos, así como gastos operativos coherentes con la actividad desarrollada. La sustancia debe existir de forma simultánea y verificable.
En caso de no cumplirse los requisitos, el proyecto contempla la tributación excepcional de esas rentas pasivas de fuente extranjera, rompiendo con la exención tradicional. Además, se establecen obligaciones formales como la presentación de una declaración jurada de sustancia económica, la conservación de documentación de respaldo y la facultad de la Dirección General de Ingresos para evaluar el cumplimiento.
El proyecto también introduce una regla general antiabuso y ajusta la definición de establecimiento permanente para alinearla con los estándares internacionales de la OCDE, reforzando el análisis de presencia económica real.
Riesgos legales, fiscales y operativos de no anticiparse
El principal riesgo para las empresas no está únicamente en la eventual aprobación del proyecto de ley, sino en no prepararse con anticipación. Las estructuras que hoy operan sin sustancia económica suficiente pueden enfrentar cuestionamientos fiscales, dificultades bancarias, mayor escrutinio de contrapartes internacionales y afectaciones reputacionales.
En particular, los grupos multinacionales con holdings, entidades tenedoras de intangibles o vehículos de inversión que reciben dividendos, intereses, regalías o ganancias de capital desde el exterior deben evaluar si su presencia en Panamá resistiría un análisis de sustancia bajo los nuevos criterios.
Corregir una estructura observada suele ser más costoso, complejo y riesgoso que diseñarla correctamente desde el inicio.
Panamá como jurisdicción competitiva: sustancia con criterio, no rigidez
El enfoque panameño, alineado con la experiencia comparada, no apunta a imponer cargas indiscriminadas, sino a exigir coherencia. La sustancia económica no es igual para todas las actividades ni para todos los modelos de negocio. La clave está en diseñar estructuras proporcionales, defendibles y alineadas con la función real de cada entidad dentro del grupo.
Panamá mantiene ventajas claras como hub regional, pero esas ventajas deben sostenerse sobre estructuras sólidas y bien planificadas.
Conclusión
La sustancia económica en Panamá ya no es un tema teórico ni futuro. Existen reglas vigentes en regímenes especiales y un proyecto de ley que amplía significativamente el alcance del análisis para ciertos contribuyentes. Comprender este escenario, evaluar riesgos y anticipar ajustes es hoy una decisión estratégica.
Una revisión preventiva de la estructura corporativa y fiscal permite reducir contingencias, fortalecer la posición frente a autoridades y proteger la reputación empresarial en un entorno cada vez más exigente.
La evolución del marco fiscal internacional exige que las estructuras sean revisadas con una mirada técnica, actualizada y estratégica. Anticipar escenarios y evaluar el nivel de sustancia económica hoy puede marcar la diferencia entre una estructura defendible y una contingencia futura.
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Introducción
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